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martes, 4 de junio de 2019
EL SUPREMO RECONOCE EL GOLPE DE ESTADO DE FRANCO
Hoy el Tribunal Supremo ha vuelto a paralizar la exhumación del dictador Francisco Franco. De nuevo, la Justicia ha vuelto a ir en contra de la disposición de un Parlamento que representa a todos los españoles.
Al margen de esta decisión, creo interesante que nos paremos en una frase del texto en la cual considera al dictador Jefe de Estado desde 1936.
Es gravísimo que el Tribunal Supremo para justificar la paralización de la exhumación del dictador y genocida Francisco Franco diga que "fue jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936". Decir que Franco era Jefe de Estado en 1936 (tres meses después del inicio de la guerra) es lo mismo que legitimar el golpe de estado fascista y antidemocrático de julio de 1936 y deslegitimar al gobierno democrático que salió de las urnas en febrero de 1936.
Cabe señalar que prácticamente ningún país reconocía a Franco en 1936. Francia y Reino Unido lo reconocen en 1939, muy cerca del final de la guerra y Estados Unidos incluso más tarde. El régimen no ingresa en la ONU hasta 1955 y hasta 1950 no empiezan a levantarle vetos. ¿Quién reconocía a Franco en esas fechas? Solo países fascistas como Italia y Alemania.
El Supremo en esta disposición está reconociendo una Dictadura incluso mucho antes de tiempo y mientras coincidía en el mismo país con un gobierno democrático.
Llama mucho la atención que el mismo Tribunal que se encuentra juzgando un supuesto Golpe de Estado en Cataluña muestre semejante ceguera ante este golpe militar que acabó con la democracia en España, generó miles de muertos y desplazados e instauró un régimen represivo de cuarenta años.
Sin entrar a analizar el fondo de fundamentos para esta decisión, las formas empleadas contribuyen a volver a cuestionar la imparcialidad y el carácter democrático de la justicia española.
sábado, 10 de febrero de 2018
ARGUMENTOS CONTRA LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE (artículo extraído)
En los últimos años se ha abierto en nuestro país el debate acerca de la prisión permanente revisable. Esto se ha producido a raíz de la inserción de esta figura jurídica en la jurisprudencia española desde 2015. Ahora nos encontramos con la posibilidad de su derogación ya que, cuando se introdujo, el PP contaba con un rodillo parlamentario del que hoy no dispone.
Violeta Assiego escribe en eldiario.es el siguiente artículo donde enumera un conjunto de razones para oponerse a esta pena que, entre otras normas, puede vulnerar el artículo 25.2 de la Constitución que los mismos legisladores tanto dicen defender.
A continuación podéis leer el artículo que se encuentra alojado en este enlace.
Llamarlo ‘populismo punitivo’ también es un eufemismo. La ‘prisión permanente revisable’ es una violación de los derechos humanos que atenta contra la dignidad de los seres humanos e infringe un trato cruel, inhumano y degradante a un sujeto al que se le niega el derecho a la esperanza que recoge el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Afirmar esto, que la prisión permanente revisable (tal y como está recogida en nuestro Código Penal) representa una violación de derechos humanos, no es algo nuevo. Desde que en el año 2015 se aprobó, las principales organizaciones defensoras de derechos humanos, asociaciones de jueces, de fiscales y de abogados, así como expertos en materia penal han reiterado cuáles son los argumentos jurídicos que deslegitiman una medida así en un sistema penal que busca y persigue la reinserción y la reeducación. Entre estos argumentos quizá resulte útil destacar de forma muy somera algunos de ellos:
- Negar la posibilidad de que una persona interna en una prisión pueda reinsertarse en la sociedad implica la violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Garantizar la rehabilitación y reinserción de la personas condenadas es algo que no solo recomienda el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sino que recoge de forma explícita el artículo 25.2 de nuestra Constitución. La actual redacción de la prisión permanente revisable no garantiza esa alternativa de reinserción.
- La ampliación de supuestos que ahora propone el gobierno de Mariano Rajoy extiende el espectro de posibles delitos y no espera a que se resuelva el recurso de inconstitucionalidad que, la oposición en bloque, presentó ante el Tribunal Constitucional. El fundamento de este recurso fue (y es) que la prisión permanente revisable, además del artículo 25.2, vulnera otros tres artículos de la Constitución: la prohibición de penas inhumanas y degradantes (art.15), los principios de culpabilidad y proporcionalidad, el derecho a la libertad (art.17) y el mandato de determinación de las penas (art. 25.1)
- El Tribunal Supremo, tal y como recuerda APDHA, ha hecho referencia en varias sentencias a la ilegalidad de las largas condenas y los Servicios de Orientación Jurídica Penitenciaria (SOAJP), dependientes de los colegios de abogados, muestran también su desacuerdo con la prisión permanente revisable al afirmar que ni nos protege más ni nos hace más libres.
- El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas también ha advertido que cualquier pena de reclusión efectiva superior a los 20 años puede llegar a ser considerada como trato inhumano, cruel o degradante y, por tanto, ser contraria al derecho internacional que ha suscrito España a través de distintos instrumentos.
- El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes ha advertido en reiteradas ocasiones sobre cuáles son las consecuencias que los encarcelamientos de larga duración pueden generar en los reclusos. Estos se institucionalizan y pueden padecer una serie de problemas psicológicos que hacen que se desconecten cada vez más de la sociedad hacia la que la mayor parte de ellos se supone que volverán.
- Los temas que afectan directamente a los derechos humanos no se legislan ni porque lo digan las encuestas ni por votación popular. Estos asuntos son responsabilidad última de los Estados que deben garantizar, proteger y promover el respeto de los derechos humanos al margen de las corrientes de opinión pública. Estas, en todo caso, pueden servir para tomarle el pulso a la sociedad sobre el estado de determinadas cuestiones y, en consecuencia, poner en marcha las medidas y campañas necesarias para la sensibilización y respeto de los derechos de todas las personas, especialmente las que están bajo la guarda y custodia del Estado, tal y como sucede con las que se encuentran en prisión.
Tras estos argumentos, ¿qué nos queda? Precisamente ir a ‘educar’ a esa supuesta demanda social que sirve de argumento al ministro Catalá y que presuntamente apoya el anteproyecto de ley que el Consejo de Ministro acaba de aprobar. Tanto un informe de APDHA sobre ‘La sociedad española ante el sistema penal’ como algunos de los sondeos que se están haciendo públicos estos días en alguna cadena de TV, reflejan algo que el periodismo (comprometido) podría tratar de incluir en los debates y especiales que estos días se difundirán masivamente. La ciudadanía que vive en España tiene un gran desconocimiento sobre el funcionamiento del sistema penal, sobre la duración de las penas, el estilo de vida en prisión, el tiempo máximo que una persona puede permanecer en prisión y cómo es la reinserción de un preso en la sociedad. De hecho sus respuestas de apoyo a la prisión permanente revisable, cuando cuentan con esta información, se matiza y suaviza.
Quizá es un buen momento para ofrecer información objetiva a la ciudadanía. Por un lado, para hacer pedagogía sobre cómo este tipo de medidas que se toman desde la alarma social vulneran derechos clave que nos interesan garantizar como sociedad. Por otro, para que esos hervideros de opinión que son las tertulias y las encuestas integren un enfoque más amplío de esta cuestión y acerque a la ciudadanía a un sistema penitenciario con luces y sombras pero completamente ignorado y desconocido. Un lugar donde nadie quiere estar pero que, al igual que los argumentos jurídicos, habrá que conocer para opinar.
Fuente:
Extraído de eldiario.es: http://www.eldiario.es/zonacritica/Argumentos-prision-permanente-revisable_6_738486189.html
Fuente:
Extraído de eldiario.es: http://www.eldiario.es/zonacritica/Argumentos-prision-permanente-revisable_6_738486189.html
martes, 7 de octubre de 2014
SILVA, CONDENADO POR PERSEGUIR A UN LADRÓN
Hoy es un día triste para la justicia: el juez Elpidio José Silva ha sido condenado a 17 años y medio de
inhabilitación y expulsión de la carrera por prevaricación continuada en su
instrucción del caso Blesa.
| Aquí tenemos a Blesa de caza |
Esta sentencia nos pone de manifiesto en qué tipo de régimen
en que vivimos. Elpidio Silva es un juez que persiguió a un poderoso banquero,
Miguel Blesa, que estafó a mucha gente mediante el sistema de preferentes.
Silva ordenó el
ingreso en prisión de este mafioso. El tal Blesa salió en menos de un día.
Cuando Blesa salió de la cárcel todavía tenía la sopa caliente en su casa.
Entonces se persiguió al juez por un delito de prevaricación
y se le inhabilitó. Hoy nos llega su condena que lo va a dejar casi dos décadas
fuera de la judicatura.
Blesa (que por cierto está muy metido en el escándalo de lastarjetas opacas de Caja Madrid) está tranquilamente con sus yates y dándose la
buena vida a costa de la gente a la que ha timado junto con su amigo Rodrigo
Rato y como tantos otros (Urdangarín, la Infanta, la cúpula del PP, la
alcaldesa de Castellón, los Pujol….)
| Rato y Blesa |
Este es nuestro sistema, los culpables son premiados y
tienen estatuas y a los que persiguen a los ladrones se les expulsa del
sistema.
Encima nos dirán que la justicia es para todos, que hay que
respetar a los jueces y a sus decisiones y que el Estado de Derecho siempre
actúa infaliblemente.
Luego se preguntan del por qué la desafección con los
partidos tradicionales, del 15M, de Podemos, de la casta, de los anti sistema
(que son ellos los que lo han destrozado).
Pero uno observa casos como este en el que el poderoso
triunfa, en el que las víctimas quedan desamparadas no puede dejar de sentir
desesperación y desazón.
Está claro que es muy difícil luchar contra esto, los poderosos
han montado un edificio muy sólido y difícil de derrumbar y además tienen a sus enemigos enfrentados
por las banderas, la religión y hasta el fútbol (sí, las drogas que nos
duermen) mientras ellos se sientan en su sillón y nos saquean y exprimen hasta
el límite.
Pero se puede hacer algo, podemos dejar atrás las banderitas
y las fronteras y unirnos contra el enemigo común que son estos individuos que
pueden acabar con jueces, que consiguen quedar impunes, contra los que
gobiernan.
Pero para eso, necesitamos unirnos, este debe ser nuestro
proyecto común, este es mi país se llame como se llame y tenga las fronteras
donde las tenga.
| Silva, condenado por perseguir a los poderosos |
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